Normativa de aire acondicionado en Madrid

¿Cual es la normativa respecto a aire acondicionado en Madrid?

Instalar un aire acondicionado en Madrid es esencial para mantener un ambiente fresco y confortable en hogares y oficinas durante los cálidos veranos. Sin embargo, para llevar a cabo esta instalación, es crucial conocer y seguir la normativa vigente que regula este proceso, garantizando así el cumplimiento legal y la convivencia armoniosa en entornos urbanos.

Tipos de Aires Acondicionados y Consideraciones Generales

En Madrid, puedes optar entre diferentes tipos de sistemas de aire acondicionado según tus necesidades específicas, como modelos portátiles, splits o unidades centrales. Cada tipo de aparato tiene sus propias ventajas y puede ser más adecuado dependiendo de la configuración del espacio y las necesidades de refrigeración.

Tipos de Aires Acondicionados y Consideraciones Generales

Normativa General

Instalar un aire acondicionado en la fachada de un edificio en Madrid requiere considerar la normativa local y las disposiciones de la comunidad de propietarios. Este proceso often implica obtener la aprobación de tu comunidad, ya que las fachadas se consideran elementos comunes según el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM 97).

Caudales y Requisitos Específicos

Dependiendo del caudal de aire del sistema de aire acondicionado, existen diferentes regulaciones:

Caudal Inferior a 0.2 metros cúbicos por segundo
  • Instalaciones con este caudal deben estar al menos a 2 metros sobre la vía pública.
Caudal de 0.2 a 1 metro cúbico por segundo
  • La distancia hasta la ventana más próxima debe ser de al menos 2 metros en el mismo nivel o 2.5 metros si está arriba.
  • Entre ventanas de distinto parámetro debe haber una distancia de 3.5 metros.
  • Si la ventana da a zonas comunes, la distancia mínima debe ser de 1 metro.
Caudal de Más de 1 metro cúbico por segundo
  • Estos aparatos no deben instalarse en la fachada, sino en la parte superior del edificio, conservando una distancia mínima de 1 metro del suelo de la azotea o tejado.
Estética y Protección del Patrimonio
  • Ninguna instalación puede sobresalir más de 30 centímetros del plano de fachada.
  • Las instalaciones que sean visibles desde la vía pública necesitarán un estudio de integración en la fachada, que debe ser presentado por la comunidad de propietarios o el propietario.
Impacto Ambiental y Licencias
  • La radiación de calor no debe elevar la temperatura del aire en locales próximos más de 3°C.
  • Se requiere una licencia de obras y/o de instalación de actividades, dependiendo de la potencia del aparato y las obras necesarias.
Proceso de Aprobación y Comunicación

Para cualquier instalación en fachadas, es necesario informar y obtener la aprobación del Ministerio de Industria, además de seguir las directrices de la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano y del artículo 6.10.8 del PGOUM 97.

En resumen, la instalación de un aire acondicionado en Madrid no solo implica elegir el tipo de equipo adecuado, sino también cumplir con una serie de requisitos normativos y de aprobaciones para asegurar que la instalación sea segura, estética y legal. Antes de proceder, es recomendable consultar con profesionales y con las autoridades locales para garantizar que todos los procedimientos se realicen adecuadamente.